Il MINSAP ricorda che al momento, e probabilmente fino al 15 novembre,
anche se il viaggiatore ha uno dei vaccini riconosciuti dall'Organizzazione Mondiale della Sanità (OMS) e ne presenta la prova documentale (green pass) deve sempre portare una copia stampata del risultato PCR-RT negativo.
El Ministerio de Salud Pública de Cuba (Minsap) compartió este sábado una nota con aclaraciones sobre las medidas de Control Sanitario Internacional tomadas en los aeropuertos, a partir de inquietudes y dudas de la población con respecto al tema.
Sobre la interrogante de qué prueba de COVID-19 necesita hacerse un viajero para arribar al territorio nacional, el Minsap explicó que debe traer constancia en formato impreso de un resultado negativo de PCR-RT (Reacción en Cadena de la Polimerasa con transcriptasa inversa) a COVID-19, de un laboratorio certificado en el país de origen.
Solo están exentos de esta medida los niños menores de dos años de edad, a los cuales tampoco se les realiza una prueba anti-COVID-19 al arribo a Cuba, destaca el texto.
Detalla el Minsap que aunque el viajero tenga una de las vacunas aceptadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y presente la evidencia documental de esta, siempre debe traer constancia en formato impreso de un resultado negativo de PCR-RT a COVID-19.